TDPI

  1. El Tribunal de Propiedad Industrial (TDPI) es un órgano jurisdiccional especial e independiente, sujeto a la superintendencia directiva, correccional y económica de la Corte Suprema, cuyo asiento es la ciudad de Santiago. Se encuentra regulado en el Título 1°, Párrafo 3° de la Ley Número 19.039 de Propiedad Industrial.
  2. Actualmente la labor de visitador o visitadora del TDPI la ejerce la Ministra de la Corte Suprema Sra. Jessica González Troncoso.
  3. Tdpi posee jurisdicción para conocer y resolver los recursos de apelación que se interponen en contra de las resoluciones que tengan el carácter de definitivas o interlocutorias dictadas por el Director o Directora Nacional del Instituto Nacional de Propiedad Industrial, como órgano de primer grado. El citado recurso, también procede en contra de las resoluciones pronunciadas en conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 19.342, que Regula Derechos de Obtentores de Nuevas Variedades Vegetales, en contra de determinadas resoluciones del Comité Calificador de Variedades Vegetales. Conoce en única instancia las solicitudes de ampliación del plazo de protección de una patente de invención (protección suplementaria), por demoras injustificadas en el otorgamiento de la patente o de la autorización sanitaria respectiva.
  4. El Tribunal cuenta con un sistema de tramitación electrónico donde los abogados pueden presentar sus escritos y ver el estado de sus causas.
  5. Tdpi recibe su presupuesto a través del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que en lo administrativo y debe garantizar una dotación mínima establecida en el artículo 17 bis H de la Ley sobre Propiedad Industrial.
  6. El personal se rige por las normas aplicables a los funcionarios de la Subsecretaría de Economía, salvo en aquello que sea incompatible con la naturaleza de sus funciones.